¿CÓMO INSTALAR UN PUNTO DE RECARGA DE COCHE ELÉCTRICO EN UN GARAJE COMÚN?

Muchas son las ventajas del uso del coche eléctrico frente a los convencionales. Pero también encontramos aspectos que suelen generar dudas y, en muchas ocasiones, frena a los compradores de adquirir este tipo de vehículo. Estamos hablando de la instalación de puntos de recarga en garajes comunes. En el artículo de hoy, desde Afisecan os damos las claves para saber qué necesitas para poder instalar un punto de recarga en el garaje de tu comunidad de vecinos.

INSTALACIÓN PROFESIONAL

En primer lugar, queremos recordar la importancia de que sea una persona cualificada la que realice ese tipo de instalaciones. Un punto de recarga afecta a las zonas comunes al ser instalado en el garaje de la comunidad de vecinos. Por ello, deberá notificarse al presidente con 30 días de antelación del comienzo de la instalación. La Ley de Propiedad Horizontal establece que “la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad de vecinos”. Por tanto, tan solo deberemos realizar esa comunicación sin necesitar el consentimiento de los vecinos.

Esta comunicación también puede servir para conocer si algún vecino más está interesado en tener un punto de recarga. En caso afirmativo, podría plantearse una reorganización de las plazas de garaje para crear puntos de recarga.

En Afisecan te ayudamos a evitar conflictos en tu comunidad de vecinos

INSTALACIÓN DE UN CONTADOR

Es importante conocer el estado actual del garaje. Si hablamos de edificios modernos contarán ya con una preinstalación que hará todo más sencillo. En caso contrario, deberá realizarse la instalación la cual debe incluir un contador para que sea el propio usuario del vehículo el que abone el consumo generado por la carga del coche eléctrico.

Una vez que el profesional haya realizado la instalación hará entrega de un Certificado de Instalación Eléctrico a la administración correspondiente. Con este certificado nos aseguramos de que la instalación cumple con la normativa vigente.

¿QUIÉN ABONA EL CONSUMO?

Por tanto, tanto la instalación como el consumo posterior debe abonarlo el usuario interesado y propietario del vehículo. Es importante comunicar a los vecinos este hecho para no generar conflictos. Se instalará un contador individual para que sea el propietario el que abone integramente el consumo. Es importante revisar las ayudas existentes, así como las promociones de los propios fabricantes porque podemos ahorrarnos parte de la instalación. Recomendamos que si finalmente se trata de un punto de recarga individual este se incluya dentro del propio seguro del hogar por si hubiese daños eléctricos.

 

Como hemos comentado anteriormente, para realizar este tipo de instalaciones no se necesita el consentimiento de los vecinos, si bien hay que informarles debidamente. Una de las labores de un Administrador de Fincas es evitar conflictos entre vecinos para poder contar con una Comunidad agradable y tranquila. En Afisecan te ayudaremos a realizar la gestión con los vecinos para instalar el punto de recarga en tu comunidad, evitando así conflictos innecesarios.

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